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Derecho y humanidad

El proceder humano debería ser producto exclusivo de la propia convicción. Idealmente debería ser espontáneo, sin coacciones que impongan, so pena de sanciones, el buen comportamiento. Pero su naturaleza, proclive a sus propias ambiciones, hace inevitables las normas que regulan sus deberes.

La norma como obligación perentoria sujeta a sanciones pudo haber surgido como expresión de poder y de dominio de unos seres humanos sobre otros, pero más probablemente como la consecuencia de la incapacidad del hombre de adoptar comportamientos que permitieran la sana convivencia. No es suficiente que la mayoría asuma conductas respetuosas de los derechos ajenos: la acción desbordada de uno o pocos es suficiente para alterar la paz. Pero los derechos, antes que preceptos dictados por la autoridad, tuvieron que ser principios asentados en la conciencia humana. Por eso la imposición de una ley para conseguir lo que debería lograr la moral del hombre, me hace pensar en la degradación individual o colectiva del proceder humano, que se ha ido acostumbrando a actuar bajo el peso de la coacción y la inminencia de un castigo.

Me surgen entonces  dudas sobre la pertinencia de convertir en ley lo que debería ser campo de la ética. Sin embargo el devenir histórico nos muestra que esa es la tendencia. Hoy es cotidiano lo que ayer resultaba inconcebible. Como médico que recién comenzaba su ejercicio, fui testigo en [[1981]] de la aparición de la ley 23, más conocida en nuestro medio como código de [[ética médica]]. Y viví, siendo estudiante, el debate en torno a una ley que nos reglamentaba lo que hasta entonces había quedado al pleno arbitrio de nuestra conciencia.

Que nos tuvieran que decir cómo debíamos comportarnos, cuando nos considerábamos, los médicos, los custodios de las virtudes que entonces se nos imponían como obligación so pena de sanciones, parecía una escena de un teatro absurdo. Hoy, que todo se reglamenta -aunque no se cumpla- el absurdo sería dejar a la conciencia personal los puntos de la relación del médico con su paciente, la relación entre colegas y con las instituciones de que trata la norma mencionada. No obstante, debo aceptar que la normativización deja en la [[psicología]] de las personas que se benefician de ella, un sentimiento de seguridad y de optimismo.

¿Pero qué alcance deben tener los preceptos legales cuando de humanidad se trata? Porque el ser humano, como ente absolutamente volitivo, tiene que tener la libertad de conducirse sólo. Y la expresión humanidad suele englobar comportamientos que no son por ley obligatorios. La ley es una ética de mínimos, la humanidad una ética sin límites superiores.

 Por humanidad una persona puede ofrendar su vida, la ley jamás lo exigiría.  No obstante, aunque no concibo las leyes para suscitar convicción y buenos sentimientos, debo reconocer que si pueden obrar sobre aquellos factores que atentan contra la humanidad. Si un interés económico, por ejemplo, es impedimento para mitigar el dolor y ofrecer un cuidado paliativo, la autoridad debe exigirlo. ¿Pero se deberían –volviendo a la pregunta- imponer por ley la consideración y las buenas maneras? ¿Hacer obligatorias por precepto legal, las expresiones afectuosas? ¿Exigir que un ser consuele a otro? ¿Si así se hiciera cuáles serían las sanciones a las transgresiones?

El derecho internacional humanitario ([[DIH]]) no es modelo para nuestros fines, su órbita no es la humanidad en los términos de generosidad que este escrito demanda. El Derecho Internacional Humanitario se circunscribe a violaciones aberrantes y crímenes atroces, propios de los conflictos armados, estableciendo normas a la guerra para hacerla menos bárbara, es el “derecho de la guerra”. Y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos ([[DIDH]]), aunque obra en tiempos de paz, regula aspectos como la libertad de prensa, el derecho a votar, a la huelga, etcétera, evitando en términos generales la arbitrariedad del Estado con el individuo. No es nuestro norte: está más alto.

En nuestro caso la humanidad es más que la no maleficencia a la que estas normas aluden. El actuar humano es primordialmente obra de la conciencia, una decisión libre de quien en la balanza del bien y el mal pone a prueba sus acciones, una convicción, una vocación en ocasiones, inevitablemente un sentimiento. Es beneficencia pura. 

El proceder humanitario es una autoimposición cargada de buenos sentimientos, la norma fría pero perseverante. La humanidad –virtud- es compasiva, el derecho es inflexible. Lo que la ley demanda puede obviar la reflexión y la conciencia, se debe cumplir sin atenuantes. No deja de inquietarme que en la medida que se consagren derechos en las leyes la humanidad se extinga. Paulatinamente el hombre se va acostumbrando a que sean las normas las que definan el rumbo de su vida, que le señalen lo correcto y lo incorrecto,  lo permitido y prohibido, lo que se debe hacer y lo vedado.

Y ese cúmulo de reglas que pretende contemplarlo todo, le quita al ser humanos la iniciativa de la conciencia y de los sentimientos. O bien lo expresamente no prohibido se aduce permitido y por ahí se filtran las acciones reprobables olvidadas por la norma, o bien lo laudable se desecha por no hacerlo la ley  obligatorio.  Realmente no alcanzo a imaginar una norma que obligue los buenos sentimientos. Un día fue la palabra suficiente para honrar los compromisos, hoy devaluada, sólo tiene validez cuando está escrita y autenticada por notario.

 ¿Tal será la suerte del sentimiento humanitario?: la coacción legal para que no se olvide. No lo concibo, sería la expresión de la degradación suprema. Si se precisaran leyes para que la piedad exista, mucho habrá involucionado el ser humano a pesar de sus conquistas científicas y tecnológicas, ¿quizás por ellas?

Prefiero seguir predicando la humanidad, tratando de conmover con la palabra, e instando a ella con los mejores argumentos. Cuando sólo la ley pueda garantizar la humanidad, habrá involucionado y perdido su calidad del sapiens el primate que dominó la Tierra.  

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Luis María Murillo Sarmiento M.D.
("La deshumanización en la salud, consideraciones de un protagonista")

http://luismmurillo.blogspot.com/ (Página de críticas y comentarios)
http://luismariamurillosarmiento.blogspot.com/ (Página literaria)

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